A medida que se acercan las elecciones generales Ecuador 2025, previstas para el 9 de febrero, una de las principales inquietudes de los ciudadanos radica en los documentos válidos para sufragar.
Estos son los documentos válidos para ejercer el derecho al voto en las Elecciones Generales Ecuador 2025.
A medida que se acercan las elecciones generales Ecuador 2025, previstas para el 9 de febrero, una de las principales inquietudes de los ciudadanos radica en los documentos válidos para sufragar.
Ante esta preocupación, las autoridades buscan garantizar que todos los ecuatorianos puedan ejercer su derecho al voto sin complicaciones. Para facilitar el proceso, el Consejo Nacional Electoral (CNE) recomienda que los documentos sean fácilmente visibles al momento de ingresar a las Juntas Receptoras del Voto.
Este año, el CNE también ha intensificado sus esfuerzos para aclarar las dudas sobre la validez de los documentos de identificación, especialmente para quienes se encuentran fuera del país o en situaciones especiales. Con esta información, se espera que los ciudadanos puedan planificar su participación sin contratiempos y contribuir de manera activa a las elecciones.
Los ciudadanos ecuatorianos podrán votar con su cédula de identidad o pasaporte, incluso si ambos se encuentran caducados. El CNE ha aclarado que ambas opciones son válidas, lo que garantiza el derecho al voto de aquellos que no hayan renovado su cédula o que residan fuera del país.
En el caso de los ecuatorianos en el exterior, podrán sufragar presentando su pasaporte en las embajadas o consulados ecuatorianos.
Además, el CNE destaca que los ciudadanos que requieran atención prioritaria, como personas mayores, embarazadas o con discapacidad, tendrán una atención preferente en las urnas.
El voto es obligatorio para todos los ciudadanos ecuatorianos de entre 18 y 65 años, mientras que es opcional para los adolescentes de 16 y 17 años, los adultos mayores de 65 años y las personas con discapacidad.
Las elecciones se llevarán a cabo el 9 de febrero de 2025, con horarios de votación de 07:00 a 17:00. El no asistir a votar conlleva una multa del 10% del salario básico unificado (SBU). En la actualidad, con un salario de $470, la sanción es de $47 para quienes no voten. Esta medida tiene como objetivo fomentar la participación democrática. (I)
El Universo