El ministro de Gobierno, José de la Gasca, justificó la decisión del primer mandatario de encargar la Presidencia a Cynthia Gellibert, para que no haya pretexto de más denuncias y para bloquear un nuevo intento golpista desde la Asamblea Nacional que se estaría fraguando para la tarde de este 7 de enero de 2025.
El funcionario denunció que este 7 de enero de 2025 la Asamblea Nacional busca licenciar de oficio al presidente Daniel Noboa para sentar a Verónica Abad.
El ministro de Gobierno, José de la Gasca, justificó la decisión de primer mandatario de encargar la presidencia a Cynthia Gellibert, para que no haya pretexto de más denuncias y para bloquear un nuevo intento golpista desde la Asamblea Nacional que se estaría fraguando para la tarde de este 7 de enero de 2025.
El funcionario en entrevista en radio Platinum denunció que la Asamblea Nacional, este 7 de enero de 2025, busca licenciar de oficio al Presidente Daniel Noboa, para sentar en la presidencia a Verónica Abad, lo cual jurídicamente no pueden hacerlo por un montón de razones, incluso por el Decreto Ejecutivo No.500 donde encarga la presidencia a Cynthia Gellibert, a quien previamente había nombrado vicepresidenta constitucional encargada.
Gellibert se ocupará de la presidencia desde las 17h00 del jueves 09 de enero de 2025, hasta las 16h59 del domingo 12 de enero de 2025, “en razón de la ausencia temporal del Presidente de la República por la circunstancia de fuerza mayor”. Se especifica que mientras dure la ausencia temporal del residente de la República, Noboa no utilizará ningún recurso público, ni recibirá remuneración alguna.
De la Gasca hizo un llamado a la ciudadanía para que esté en pie de lucha en defensa de la democracia frente a una “intentona golpista”. Dijo que no sería extraño que desde la Asamblea se intente forzar una situación de ausencia permanente del Presidente para sentar a la señora vicepresidenta, para seguir generando el caos.
El Ministro de Gobierno dijo que no pedir licencia por parte del presidente de la República se sustenta en la sentencia de la Corte Constitucional de 2010, donde se habla que en un periodo de transición tras una muerte cruzada no se trata de una reelección.
Manifestó que si se considera que en este proceso es reelección entonces hay que decirles a todos los candidatos a asambleístas que ya tuvieron un periodo antes de la muerte cruzada, que éste no sería sería su segundo periodo sino el tercero, lo cual se verían impedidos de participar en las elecciones.
(Noticia en desarrollo)
El Universo